La historia de los convulsionados años 70 es realmente inexpugnable. Amores, traiciones, acuerdos y desacuerdos son parte del condimento que sazona el culebrón de esos años de plomo. Por tal motivo, su relato y análisis no deben ser tomados a la ligera.
Como ha sido de público conocimiento, hace casi tres décadas, el entonces comandante en jefe de la Armada, el dictador Emilio Massera, montó una operación de "reconversión" de un grupo de detenidos y torturados que pasaron por la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
Oportunamente, diario El Mundo relató los detalles de este ambicioso plan, el cual afectó fundamentalmente a militantes del movimiento montonero y que consistía en "sacar del país a los que habían colaborado con el régimen militar traicionando a sus compañeros".
Según cuenta el prestigioso periódico, "los hombres de Massera no dudaron en perdonarles la vida, facilitarles una nueva identidad y colocarlos en países europeos. A cambio de salvar sus vidas los montoneros que se acogieron a la propuesta de Massera se comprometieron a seguir colaborando con el régimen militar y, especialmente, con la Armada argentina”.
Lo que pocos saben es que, uno de los que fueron tentados para hacer ese trabajo, ha sido el hoy “periodista” Juan José Salinas.
Tribuna de periodistas lo empezó a contar en abril de 2007, enfrentando el enojo de Salinas y su posterior y recurrente desmentida. “Yo nunca fui buchón”, aseguró el periodista una y otra vez, intentando echar por tierra las afirmaciones de sus propios ex compañeros, quienes dieron oportuno testimonio a este cronista.
Ahora, una nueva prueba pone blanco sobre negro la realidad de la cuestión: en el listado de “buchones” del Batallón 601 publicado por revista Veintitrés hace unos días, se ve claramente el nombre Juan José Salinas como “personal civil de inteligencia” —PCI en la jerga castrense—, en la categoría “apoyo y proc.”.
¿Qué dirá ahora el “periodista”?
Un hombre todoterreno
Empleado del oscuro José Luis Manzano —megadenunciado por sus actos de corrupción durante el gobierno de Menem— y lamebotas de Daniel Vila —manejador del dinero del oscuro anticastrista Jorge Más Canosa—, Salinas ha sabido acomodarse como “periodista” cuando en realidad siempre ha sido un mercenario y, según sus propios compañeros montoneros de los ’70, un “buchón”. Esto es, una persona que señala a los suyos para poder salvar su pellejo y —paso cañazo— acomodarse laboralmente.
Posteriormente, luego de que algunos de sus colegas le dieran la espalda por su condición de buchón en los 70 —especialmente los periodistas de Página/12—, consiguió un contrato con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la gestión Ibarra.
Más allá de esa relación laboral, Salinas nunca dejó de lado su condición de "delator". Por caso, hace unos años, se lo vio cantando la marcha peronista y sacando fotos a los militantes que había en la calle en el homenaje que Dante Gullo organizó para su madre desaparecida. "Salinas se hacía el que mezclaba emoción y cantitos de los 70 mientras le daba sin parar a la digital", aseguró una fuente consultada para el presente artículo.
Actualmente, en una línea de coherencia asombrosa, Salinas trabaja inorgánicamente para el... ¡ministerio de Defensa! —vaya paradoja montonera—, haciendo diversas "operaciones" a pedido de Nilda Garré. Una de sus tareas más importantes ha consistido en operar contra la Armada Argentina, en un trabajo de desgaste de película en el que no faltaron periodistas pagos y desinformaciones varias.
Concluyendo
Juan Salinas es hoy uno de los soldados más fieles del kirchnerismo, a punto de defender las cuestiones más insostenibles que manchan al oficialismo. A pesar de que le gusta reivindicar su pasado "combativo" —insiste en recalcar exageradamente frases del tipo "a ese le metimos bomba" y otras similares—, sus ex compañeros de "aventuras" lo describen como un "cagón" y juran que su papel en los 70 fue siempre minoritario.
Esos mismos compañeros son los que no le perdonan la traición de haber señalado a otros para poder salvar su pellejo y escapar al viejo continente.
Ayer, la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal concedió el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo, contra el fallo que suspendió provisoriamente la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 2010/09, que dispone la utilización de reservas del Banco Central (BCRA) para el pago de deuda pública, y rechazó el pedido de otorgar “efectos suspensivos” a la apelación federal.
Así, los jueces Jorge Morán, Luís Márquez y Sergio Fernández impidieron que el Estado Nacional, a través de un “atajo procesal” echara mano de aquellos fondos y elevó a la Corte Suprema el recurso del Gobierno.
La medida recayó en la causa iniciada por el diputado Federico Pinedo y otros legisladores, donde la jueza María José Sarmiento frenó mediante una medida cautelar la aplicación del decreto que creó el Fondo del Bicentenario, decisión confirmada por la Sala de Feria de la Cámara en enero último.
Para los magistrados, "la jurisdicción de esta Cámara se agota con la declaración de admisibilidad efectuada... sin que sea procedente acordar "efectos suspensivos" -tal como lo solicita la demanda- al recurso concedido, toda vez que ello importaría modificar lo ya resuelto por el Tribunal y determinaría la posibilidad de sustraer al conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la resolución objeto de recurso, al importar que la pretensión contenida en la apelación federal pudiese tornarse abstracta…".
Ahora bien, más allá del intento del flamante Procurador del Tesoro de la Nación de presentar el tema como una victoria del gobierno, lo cierto es que -analizado técnicamente- estamos en presencia de un duro revés en el territorio de la justicia.
Veamos que pretendía el Poder Ejecutivo, para entender la magnitud del fracaso procesal: La presentación de la Procuración apuntaba a que la Cámara admitiera (eso significa “declarar admisible”) el recurso extraordinario y le imprimiera a esa presentación efecto suspensivo. Esto es, suspendiera la medida cautelar dictada por la Jueza Sarmiento y confirmada por la Cámara a través de la Sala de Feria.
Si el efecto del recurso suspendía la medida cautelar, ya poco importaba que la Corte se expidiera, en el mientras tanto, al estar suspendida la medida impeditiva de usar las reservas, el Ejecutivo podía actuar como si no existiera la cautelar.
Por un pase de magia, consistente en la mera concesión de un recurso, se “congelaba” la prohibición de usar los fondos depositados en el Banco Central y se “resucitaba” el DNU 2010/09.
Un verdadero “atajo procesal”, como es el efecto de un recurso extraordinario, borraba la decisión de dos instancias judiciales.
La Sala IV advirtió el propósito de burlar el control de la Corte Suprema de Justicia, por ello en el considerando IV del fallo predican las jueces que acordar efecto suspensivo “…determinaría la posibilidad de sustraer al conocimiento de la CSJN la resolución objeto del recurso…”.
En términos muy elegantes la Justicia le dice al Ejecutivo que no lo acompañara en su tentativa de neutralizar la decisión de los Jueces que ya entendieron en la causa y mucho menos en permitir la operatividad del DNU 2010/09, poniéndolo por añadidura fuera del control de la Corte.
La derrota es más intensa si nos detenemos a analizar que la Sala IV solo concedió el recurso extraordinario por la causal de “gravedad institucional” , esto es, no consideró a la sentencia que confirmó la medida cautelar que impide usar las reservas, como contraria a la Constitución Nacional ni arbitraria. En otros términos, no la estimó infundada o inadecuadamente fundada.
Es muy importante subrayar lo que el fallo no dice: claramente no dice que se ha visto frustrado el derecho federal, léase los derechos que se apoyan directamente en el texto Constitucional.
Tanto la Jueza Sarmiento como las Magistradas de la Sala de Feria de la Cámara Nacional en lo Contenciosos Administrativo Federal, Dras. Clara Do Pico y Marta Herrera ajustaron su accionar a la Carta Magna, al bloquear cautelarmente el uso de las reservas de la Nación. Sus sentencias se ajustaron a derecho, no incurrieron en arbitrariedad.
Desde principios de Febrero, la Dirección de Deportes dependiente de la Municipalidad de Pico Truncado inició un programa de clases de natación especializada, destinado a adultos de la 3ra edad.
Dicho programa comprende actividades de gimnasia acuática con baja intensidad, caminatas y movimientos articulares para el desarrollo de fuerza y flexibilidad, adaptados a las capacidades particulares de cada uno de los participantes.
Según la profesora Victoria Aguilar, principal responsable del programa, “es muy importante que podamos ofrecer alternativas a este sector de la comunidad. Más allá de que no todos se animan, los que concurren están muy entusiasmados, así que además de favorecerlos con su recuperación respecto de algunos por problema de salud, como los huesos y la columna, le damos un lindo espacio de diversión”.
Asimismo, la docente informó que desde el mes de marzo dicho programa se extenderá al sector de mujeres adultas, con actividades de gimnasia acuática de intensidad baja a media, y diversos estilos de natación.
El programa de natación para la 3ra edad se está llevando a cabo los días Martes y Jueves de 11 a 12 horas, aunque no se descarta incluir nuevos horarios de aumentar la demanda del servicio.
El ex presidente de la sociedad estatal chubutense Petrominera, Néstor Di Pierro, fue denunciado penalmente por el presunto delito de enriquecimiento ilícito, informaron fuentes judiciales en Comodoro Rivadavia.
La denuncia fue presentada ante el fiscal federal Norberto Bellver por una persona que pidió que se resguarde su identidad por razones de seguridad.
En la presentación se pide al fiscal que investigue si durante el desempeño de los cargos públicos que ejerció, Di Pierro incrementó ilícitamente su patrimonio, para lo cual deberá establecer cuáles eran los bienes a su nombre cuando llegó a la Administración pública y cuáles los que dispone ahora.
Las fuentes revelaron que la denuncia incluye el nombre de tres posibles testaferros, un listado de algunos de los bienes que habrían adquirido en el período bajo investigación y otro de las sociedades presuntamente vinculadas al ex titular de Petrominera.
El cantante español Raphael sufrió un terrible papelón frente a miles de personas cuando se le cayó un diente en plena actuación esta madrugada, en el Festival chileno de Viña del Mar.
El percance, del que sólo se percataron algunos que estaban muy cerca del cantante de 64 años, salió a la luz tras ser difundido en Twitterpor quienes vieron cuando el diente se le salió de la boca y cayó al suelo. Incluso, el momento quedó registrado en video.
"Raphael perdió un diente en el escenarioy siguió como un profesional", escribió en la red social el presentador de televisión Eduardo Fuentes. "Era el diente de abajo a la derecha. Estaba tirado en el piso del escenario", añadió más tarde.
"Rescatamos el diente y se lo entregué al manager de Raphael. Increíble! (podré decir que tuve su diente en mi mano)", acotó finalmente Eduardo Fuentes, al dar a conocer el incidente que se transformó en el comentario obligado de los programas de farándula de radio y televisión en las horas siguientes.
Otro presentador chileno, Cristián Sánchez, relató que los periodistas que después le entregaron la antorcha de plata observaron algo raro en la boca del cantante, mientras este cantaba. “Pensamos que era saliva, pero no, era un diente", agregó.
"Él se sorprendió y se quedó mirando el suelo buscándolo, incluso se acercó a los músicos para pedirles ayuda", añadió. "Después que salió del escenario le avisamos a un colaborador dónde estaba el diente para que se lo llevara. Ja ja ja, todavía no lo puedo creer", acotó Sánchez.
La mediática abogada Merlina Licht, quien participa como panelista del programa “Mañaneras a la tarde”, está pasando por su peor momento. Después de ser operada en diciembre pasado, confesó públicamente en el programa que sufre cáncer de estómago.
“Quiero que esto se haga público para aquellos que no se animan a hablar, para los que no saben de la enfermedad. De esto no se muere fácil. Hay manera de negociar, de salir. No hay que vivir sólo de los mensajes negativos y del miedo. Sólo hay que creer en Dios”, relató hoy con mucha entereza Merlina, durante la emisión del programa junto a Karina Mazzocco y Paula Tráppani.
La abogada contó que en diciembre fue intervenida quirúrgicamente y la abrieron “desde el pecho hasta el ombligo”. Sin embargo, los médicos no le extrajeron el órgano afectado, por lo que le pronosticaron un diagnóstico desfavorabley decidieron iniciarle un tratamiento específico.
Aunque contó que lleva una vida sana y siempre le prestó atención a su cuerpo, Merlina reconoce que esa enfermedad “le puede pasar a cualquiera”. “Tal vez se manifiesta en el momento en que estás más calmada. Como cuando estás todo el día caminando en tacos. Llegas a tu casa, te descalzas y recién ahí sentís que te dolían los pies”, graficó la abogada.
Cuando sus compañeras le preguntaron cómo se siente en este momento (durante los minutos ante cámara la panelista mostró una postura muy fuerte y nunca se quebró), Merlina aseguró que tiene "un Alien adentro”.
“La cabeza es re importante. Cuando te hacés el estudio y te dicen ‘está todo bien’, te tranquilizás. Pero a la noche cuando estás a oscuras, si te haces la cabeza empezás a pensar en lo peor”, añadió.
Las heras.-La municipalidad de Las Heras continúa realizando diversas tareas de refacciones urbanas en lo que refiere a bacheos de calles, mejoramiento del cementerio local y adecuación de la terminal provisoria de ómnibus.El responsable de las obras, Alvaro Cruz, se refirió puntualmente a las arterias de la ciudad en las que se están llevando adelante las distintas reparaciones.
Al respecto, señaló que “estamos trabajando con el bacheo de varias arterias y en los próximos días se realizarán obras en calles O’Higgins y 13 de Diciembre, Piedra Buena, Urquiza y Puerto Santa Cruz, Azcuénaga, Gregores y Alberdi, Mitre y Estrada, Sarmiento”. Asimismo, explicó que “primero se hace un relevamiento ocular de los lugares más complicados y se procede a terminar los paños completos”, aclarando además que estos trabajos “se hacen por partes, para no dejar toda la calle inhabilitada”. Por otra parte, dijo que las obras que se están haciendo en el cementerio local hay que hacerlas en forma paulatina para no provocar una demolición completa. “Se trabajó en un replanteo de las bases y la estructura fundacional del sector, en donde se construirán una oficina y sanitarios. En ese sentido ya se hizo el hormigonado de las bases y una vez que se tenga edificada la oficina, se procederá a demoler el otro sector para terminar todo el proyecto”, explicó el funcionario. “Tenemos mucha gente trabajando las refacciones de la terminal provisoria en condiciones para su funcionamiento pleno, así que esperamos las mejoras climáticas para continuar con las tareas, tanto de las dársenas como en los detalles que faltan para finalizar con las oficinas”.
(A PROPÓSITO DE LA CALIFICACIÓN DE “GOLPISTAS” A PERIODISTAS INDEPENDIENTES) La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “K.D.G. s/desestimación” (causa nº 1962/09) rechazó una querella incoada en orden a los delitos de calumnias e injurias, al considerar que la conducta atribuida al imputado resulta ahora atípica luego de la reforma legislativa de la ley 26551 (BO 27/11/2009)
Ello, así desde que la nueva redacción de los supuestos abarcados por los artículos 109 y 110 del Código Penal (texto según ley 26551) predica que en ningún caso configurarán delito “…las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas…” y “tampoco…los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”.
Si bien la norma no se hallaba vigente al momento de los hechos denunciados, debe aplicarse retroactivamente ya que se trata de una ley más benigna (art. 2 Código Penal).
Se sostiene en el fallo que, los argumentos presuntamente lesivos del honor del querellante, vinculados a su desempeño como director de un hospital público, resultan actividades que constituyen asuntos de interés público. Destaca que ya antes de la reforma legal de la ley 26551 se había expedido la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo “Kimel” (02/05/2008).
Conviene recordar que ya la Sala VI de la Cámara del Crimen (causa 38436, “F.G.s/incidente de falta de acción” del 21/12/2009) se había expedido subrayando la diferencia en que “el presunto injuriante sea un particular” o que la ofensa tenga origen en la prensa o los medios de difusión, destacando que los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público, no en función de la calidad del sujeto sino en el interés público de las actividades que realiza, dado que en una sociedad democrática la prensa debe informar ampliamente sobre cuestiones de interés público, que afectan bienes sociales, y los funcionarios rendir cuentas de su actuación en el ejercicio de sus tareas públicas.
Existen diferentes umbrales de protección, en razón de la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 314:1517 “Vago, Jorge Antonio c/Ediciones de la Urraca S.A.”) al ser una figura pública, la entidad y gravedad de las manifestaciones deben poseer una mayor aptitud ofensiva para ser consideradas injurias en el sentido del Código Penal, máxime cuando se esta frente a cuestiones de interés público.
Es que “…la investigación periodística sobre asuntos públicos desempeña un rol importante en la transparencia que exige un sistema republicano, y el excesivo rigor y la intolerancia del error llevarían a la autocensura, lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes…” (CSJN, en autos “Brugo, Jorge Ángel c/ Lanata, Jorge y otros” del16/11/2009, considerando 9º, párrafo 3º)
El “interés público” está vinculado con el buen funcionamiento del sistema democrático, el respeto a los principios y reglas de un estado de derecho, las garantías de los derechos individuales y colectivos, la intervención del ciudadano en los asuntos del quehacer público, y todo otro tema análogo que se relacione con estos tópicos, pues a en ello ha hecho foco el legislador para limitar la censura en los asuntos que revisten estas particularidades.
La importancia de la descriminalización de las expresiones sobre asuntos de interés público obedece al peligro del cercenamiento del debate político, con las consecuencias desfavorables que ello acarrea para el sistema democrático, en la necesidad de evitar la inhibición de la expresión por temor a secuelas desfavorables (autocensura), pues en temas de trascendencia pública es necesario que salgan a la luz todos los hechos y opiniones posibles para que el pueblo pueda formarse su propia opinión al respecto.
En síntesis, la nueva normativa (ley 26551) consagra una prohibición expresa de criminalización para las conductas objetivamente ofensivas del honor cuando éstas se manifiesten con los fines y las formas especificadas en los reformados artículos 109 y 110 del Código Penal.
El fallo glosado resulta de particular trascendencia en tiempos en que las autoridades políticas, cuando son criticadas por la prensa independiente, se ven tentadas a descalificar a sus periodistas, a amenazarlos con acciones penales para callarlos, solicitando incluso penas privativas de la libertad y llegando al extremo de calificarlos de “golpistas”.
Saludamos la decisión de los Jueces de la democracia que no temen en limitar el poder de los funcionarios públicos aplicando la ley.